Trámites · 5 min de lectura
¿Qué trámites deben realizarse después de un fallecimiento?
Por el equipo de Jardines de Nazaret · Publicado el
Respuesta corta. Después de un fallecimiento lo primero es obtener la certificación médica, luego registrar la defunción en la notaría o registraduría y avisar a la EPS, el fondo de pensiones, el empleador y los bancos. Reúne la cédula de la persona fallecida y la de quien hace los trámites, y guarda copia de todo. Los requisitos varían según el municipio.
En los primeros momentos es normal sentir que todo ocurre a la vez. Esta guía ordena lo habitual en Colombia para que sepas por dónde empezar. Los requisitos pueden variar según el municipio y las circunstancias: confirma siempre con las entidades correspondientes.
Primeras horas
- Obtener la certificación médica del fallecimiento, que emite el profesional o la institución de salud.
- Contactar la línea de atención de tu plan para activar la ruta.
- Reunir la cédula de la persona fallecida y la de quien realiza los trámites.
Días siguientes
- Registro civil de defunción en la notaría o registraduría competente; en una muerte natural se hace normalmente dentro de los dos días hábiles siguientes.
- Si la persona era afiliada o pensionada de Colpensiones, quien pagó los gastos de exequias puede solicitar el auxilio funerario: confirma requisitos y plazo con la entidad.
- Informar a la EPS, el fondo de pensiones, el empleador y las entidades financieras cuando corresponda.
- Guardar copia de todo documento recibido.
Si tu familia tiene un plan con Jardines de Nazaret, el equipo te orienta en los trámites que hagan parte de tu plan.
Si el fallecimiento ocurrió en el exterior, los pasos son otros. Lee cómo repatriar los restos de un familiar que falleció en el exterior.
Fuentes
Esta guía es orientación general y no reemplaza la asesoría de las entidades ni de un profesional. Los requisitos pueden variar según el municipio y las circunstancias. Jardines de Nazaret presta servicios funerarios en especie. Los planes no constituyen seguros, productos de ahorro, pensiones ni indemnizaciones económicas.
